TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORAL (TSE) DECLARA INADMISIBLE ACCIÓN DE AMPARO BUSCABA EVITAR REFORMA ESTATUTOS

El fallo, en su disposición primera acoge las conclusiones incidentales presentadas por el Partido Revolucionario Dominicano, y declara inadmisible la acción de amparo en virtud del artículo 70, numeral 1, de la Ley número 137-11, Orgánica del tribunal Constitucional y de los procedimientos constitucionales, por existir otra vía judicial que permite de manera efectiva obtener la protección de los derechos alegadamente conculcados, que en este caso resultarí ser la demanda en nulidad principal ante el mismo tribunal, prevista en el Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales y de Rectificación de Actas del Estado Civil.El recurso de amparo, que fue depositado el pasado 24 de noviembre, fue declarado inadmisible de manera unánime mediante la sentencia TSE 028-2017, por los jueces titulares Román Andrés Jáquez Liranzo, presidente; Cristian Perdomo Hernández, Rafaelina Peralta Arias, Ramón Arístides Madera Arias y Santiago Salvador Sosa Castillo, quienes fueron asistidos por Sonne Beltré Ramírez, secretario general.
Convención
La convención del PRD pautado para el próximo domingo, y que fue dispuesto por resolución del comité ejecutivo nacional reunido el pasado 19 de noviembre, se realizará en el pabellón de voleibol del Centro Olímpico Juan Pablo Duarte a partir de las 10 de la mañana.
Estará dedicado a la memoria del fenecido dirigente perredeísta Pedro Franco Badía y es organizado por una comisión que encabezan Peggy Cabral y Juan Carlos Guerra.
A continuación el dispositivo de sentencia íntegro emitido por el TSE. dispositivo-de-la-sentencia-tse-028-2017-exp-028-2017
Cortesía de: El Caribe
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