Exclusiva: JCE comunica al PDI que Ramfis no puede ser candidato presidencial; se lo prohíbe la Constitución
Santo Domingo, RD.- La Junta Central Electoral (JCE) comunicó al Partido Demócrata Institucional (PDI), que Ramfis Trujillo, nieto del dictador Rafael Leonidas Trujillo, no puede ser candidato presidencial en el país, por ninguna organización política, porque no ha renunciado a la ciudadanía norteamericana, como lo establece el artículo 20 de la Constitución de la República.
La información fue ofrecida este domingo al medio Apunterd.com.do de manera exclusiva por una fuente de entero crédito, y confirma lo que habiamos advertido hace un buen tiempo en una nota editorial, que Ramfis no puede aspirar a la Presidencia de la República, porque para hacerlo tiene que renunciar a su cuidadanía norteamericana y luego esperar 10 años.
El tribunal de comicios dice en la carta enviada a la dirigencia del PDI, que nadie puede estar por encima de la Carta Sustantiva de la Nación, y que Ramfis no cumple con los requisitos para ser presentado por ningún partido como candidato a la Presidencia.
Según la información suministrada a este medio, una comisión de dirigentes del PDI se acercará en el transcurso de este semana a la JCE, para que le haga formal entrega de la comunicación en cuestión, que afecta la candidatura de Ramfis.
.ESTE FUE EL EDITORIAL DE APUNTE SOBRE LAS ASPIRACIONES DE RAMFIS
Ramfis, no siga perdiendo tu tiempo
Aunque insiste que puede hacerlo, Ramfis Trujillo, nieto del dictador Rafael Leónidas Trujillo está perdiendo su tiempo en busca de la Presidencia de la República para los comicios de mayo 2020 por el Partido Demócrata Institucional (PDI).
Podría aspirar a cualquier cargo electivo menos para ese, y para tener derecho tiene que renunciar a la nacionalidad norteamericana con 10 años de anticipación, lo que no ha hecho.
La Constitución de la República Dominicana en su artículo 20 lo establece bien claro. No hay que ser un científico o experto en derecho constitucional, para entenderlo.
Citamos: (Artículo 20.- Doble nacionalidad. Se reconoce a dominicanas y dominicanos la facultad de adquirir una nacionalidad extranjera. La adquisición de otra nacionalidad no implica la pérdida de la dominicana.
Párrafo.- Las dominicanas y los dominicanos que adopten otra nacionalidad, por acto voluntario o por el lugar de nacimiento, podrán aspirar a la Presidencia y Vicepresidencia de la República, si renunciaren a la nacionalidad adquirida con diez años de anticipación a la elección y residieren en el país durante los diez años previos al cargo).
Como se aprecia, dicho artículo 20 es muy preciso, a menos que Ramfis esté pensando que puede usar algún subterfugio ilegal para hacer cambiar esa realidad.
En el momento que un determinado partido de los del sistema sienta algún peligro de Ramfis Trujillo, acudiría a los estamentos que sean necesarios para hacer valer su derecho
Aunque en algunos momentos de la historia, la Constitución Dominicana pudiera haber sido violada para fines inconfesables, es muy poco probable que no se lo permitan a un nieto del dictador Rafael Leónidas Trujillo.
Solo hay que esperar el momento. Ramfis, no siga perdiendo tu tiempo
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